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Como es mi costumbre, antes de iniciar mi investigación, reviso los diferentes diarios y blogs de Ecuador y el mundo, y fue mi sorpresa el encontrar en distintos medios de comunicación, la propuesta presentada por la Asambleista de Alianza País, Tania Hermida, respecto al cambio de algunos símbolos patrios del país.

¿Un NUEVO ESCUDO DEL ECUADOR?

Inmediatamente me dirigí al portal de Ecuavisa, y pude confirmar la noticia, y escuchar las justificaciones que la Asambleista argumenta para el mencionado cambio.

Hermida dice:

“Quienes creemos en la capacidad transformadora de las palabras y los signos creemos, entonces, que no es suficiente escribir una nueva Constitución; para reinventarnos y renovar nuestro sentido de la vida como país es necesario, también, reinventar los símbolos que nos representan”

“repensemos y reinventemos nuestros símbolos patrios en un proceso de diálogo intercultural que nos permita redefinir los contenidos de nuestros símbolos”

La imagen que que encabeza este post, es una adaptación realizada por Ecuavisa, de acuerdo a lo indicado en Montecristi, donde los principales cambios serían:

  1. Inclusión de Spondylus en lugar del Cóndor.
  2. Bandera Indígena en lugar del tricolor nacional.
  3. Laurel y olivo, se remplazarían por la Chiquirahua.

Si desea mayor información consulte los siguientes medios:

Diario El Comercio
Presidencia del Ecuador
Agencia EFE

Y sobre todo, ¿Qué piensa usted sobre la propuesta?, ¿Realmente se sentiría identificado con los nuevos símbolos patrios?

Alcalá de Henares – España.- A partir del 10 de Diciembre de 1948, con la Declaración Universal de los Derechos Humanos por parte de la Asamblea General de las Naciones Unidas, se trasformaron muchos paradigmas e incluso teorías que habían sustentado las grandes atrocidades de la historia quedaban sepultadas; pues la relación Estado con respecto al ciudadano se transformó, con el reconocimiento de la dignidad de todo ser humano, así también la repercusión se sintió en el Derecho internacional en la medida que, junto al clásico principio de soberanía, apareció otro principio constitucional del orden internacional contemporáneo: el de los derechos humanos.

Así, luego de haber alcanzado la tan ansiada declaración de los derechos humanos, los Estados atraviesan distintos procesos buscando judicializar los derechos contenidos en las normas jurídicas internas e internacionales, y es aquí donde últimamente se ha centrado el debate, ya que en función de las ideologías y tendencias de la administración de turno de cada país, se busca una mayor o menor cobertura de los mismos.

No es de extrañarse por ejemplo en el caso latinoamericano como a partir de la década de los ochenta, hemos vivido un proceso de recuperación democrática después de las sangrientas dictaduras militares en las que se justificaban los abusos y violaciones bajo la doctrina de la “seguridad nacional”, poco a poco hemos recuperado derechos fundamentales que nos corresponden y que se encasillan dentro de los derechos civiles y políticos, dejando de lado la garantía de derechos como a la salud, educación, medio ambiente sano, etc.

Distinto se presenta el caso europeo, en el que luego de la caída del muro de Berlín en 1989, llevó a un avance acelerado respecto a la protección de los derechos humanos, no solo respecto a su cumplimiento y recuperación de las libertades, sino también a una ampliación de cobertura especialmente respecto a los Derechos Económicos Sociales y Culturales (DESC), brindando a los ciudadanos la posibilidad de acceder a servicios de calidad garantizando de esta manera sus necesidades básicas.

A pesar de los avances realizados en los continentes mencionados, la situación de África y Asia, es otra, y la comunidad internacional hace poco para contribuir en la solución de dichos problemas como la pobreza, desnutrición, conflictos armados, analfabetismo, etc.
Algunos Organismos Internacionales tales como Naciones Unidas, Organización de Estados Americanos, Consejo de Europa, Organización para la Unidad Africana, entre otros, han creado mecanismos judiciales mediante los cuales las víctimas de violaciones de derechos humanos, pueden acudir a estos sistemas para solicitar una reparación por parte de los Estados en los supuestos en los cuales no se les haya podido atender directa y satisfactoriamente por parte de los propios gobiernos. Son grandes avances que talvez a inicios del siglo XX no nos hubiésemos imaginado que algún día pudiesen brindar una garantía para los ciudadanos del mundo.

Pero aún quedan grandes retos y es tiempo de realizarlos, ya los derechos humanos han dejado de ser un tema secundario dentro de la política internacional, y así ya no existe ideología política dentro de un Estado de Derecho que no los reconozca.

Ahora mismo que los ecuatorianos atravesamos un proceso constituyente, es momento de preocuparnos si lo único que nos ayudará en un futuro a solucionar nuestros problemas son simples declaraciones en una carta política inactiva, o es preferible ser objetivos y prácticos, buscando que los derechos que se reconozcan en la nueva Constitución sean realmente judicializables. Castillos de papel o cimientos sólidos para un futuro, el Constituyente decidirá por Usted.

Luego de leer el texto de propuesta de la nueva Carta Política del Estado, realizada por la comisión de Juristas del CONESUP, se me ponen los pelos de punta al revisar el Art. 33, en su segundo numeral propuesto, respecto a la garantía de la “Propiedad“, solamente cuando esta cumpla una función pro gobierno social.


La función social de la propiedad implica:

2.1. Que esté en producción en los términos fijados en la ley;
2.2. Que su uso y explotación se dé con respeto al medio ambiente;
2.3. Que no vulnere derechos humanos, y,
2.4. Que contribuya al incremento de la riqueza y redistribución del ingreso y a la equidad social.

La redacción de textos jurídicos resultan sumamente complejos, pues es el constituyente quien sienta la base para la aplicación de la norma suprema a nivel nacional. Siendo así, resulta complicado aventurarse a poner parámetros que en el futuro puedan ser interpretados al antojo del dictador gobernante.

Resulta curioso que el columnista libertario Joseph Sobran, al parecer se adelantó sobre las críticas al respecto, y esboza unas ideas que nos sirven de reflexión.

Necesidad” ahora significa desear el dinero ajeno,
avaricia” querer quedarse con el propio; y
compasión” que el gobierno lleve a cabo la transferencia.

En este contexto, solo queda por decir, que la Patria… ya es de POCOS.