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Todos los canales de televisión se disputaban por exhibir la gran exclusiva, el ajusticiamiento indígena no sucede todos los días, y cuando el “rating” está de por medio, los valores, líneas editoriales, y hasta la racionalidad se olvida, y como consecuencia tenemos las imágenes que pocos días atrás las cadenas de televisión emitieron sobre la muerte de un ciudadano en Canchagua.
Cual si se tratase de un “reality show”, todos los ecuatorianos tuvimos acceso en nuestros televisores la trasmisión de los últimos dolorosos momentos de vida de Fausto Medina, ciudadano que sustrajo de la casa de un indígena un artefacto eléctrico, y fue juzgado y sentenciado a muerte por la comunidad de Canchagua Bajo.
Medina luego de ocho horas de ser ortigado, fue incinerado vivo, imágenes que fueron retransmitidas sin ningún criterio, ni censura por las cadenas de televisión ecuatorianas. Si bien es cierto, la polémica legal de este caso, frente a las disposiciones constitucionales del artículo 171, resultan interesantes y dignas de analizar, esta vez prefiero analizar que sucede con nuestros medios frente a estos abusos de libertad de expresión.
En estos momentos que la información se ha convertido en un bien más del mercado, y que su intercambio se lo hace de manera acelerada, hay criterios y bases doctrinales de la libertad de expresión que no podemos olvidar. Es necesario recordarlas y hacer que estas sean la base de la labor de difusión informativa de los medios de comunicación, pues a través de su función se debe contribuir al desarrollo y convivencia democrática de la sociedad, que garantiza la dignidad interna y libertad de los individuos y sobre todo es el instrumento de expresión de los seres humanos.
Así por ejemplo, nunca opinamos respecto a los límites que los ordenamientos jurídicos deben imponer a la libertad de expresión frente a la protección de la Juventud y la Infancia, colectivo que al encontrarse dentro de otras condiciones que los vuelven más vulnerables ante la información o criterios que se puedan verter sobre ellos, o sobre los contenidos que estos reciban, afectarán su desarrollo y lo reflejarán posteriormente dentro de su comportamiento de manera negativa.
Es por ello que ante las posibles arbitrariedades que se pudiesen realizar ya sea por parte los medios estatales o particulares, cobijados en una legislación que no pone límites a los contenidos a emitirse, cabe aquí sugerir la posibilidad de autorregulación por parte del agente emisor del mensaje, quien desde su formación personal y profesional, tendrá la tendencia de ejercitar su trabajo de acuerdo a los principios éticos y profesionales, evitando argumentos que posibiliten crear leyes mordazas que lo único que hacen es limitar las libertades del individuo.
El caso Medina nos hace pensar que es tiempo de revitalizar el papel y función social que los medios deberían cumplir en la sociedad, siendo fundamental que justifiquen su existencia, basando sus contenidos en los principios de imparcialidad, objetividad y veracidad.
Lo publiqué en Diario El Mercurio

Para muchos, el manejo de los derechos humanos y la migración, siempre presentará una posición ideológica extrema, sin embargo, en la actualidad este fenómeno que acontece a diario en nuestras poblaciones, debe ser manejado con un criterio técnico y sobre todo sin fanatismos.
La actual Constitución de la República, al tratar los “derechos fundamentales”, se refiere a estos como “derechos”, por lo que cada una de las garantías individuales que forman parte de este fenómeno, se encuentran protegidos.
A pesar de ello, el hecho que nuestros instrumentos jurídicos internos contengan protecciones y garantías para los migrantes, no es suficiente, pues en otros Estados, cada vez las políticas de recepción de extranjeros se vuelven más duras, y aún los países que se vanaglorian por ser los sostenedores del sistema de Derechos Humanos, son los primeros en establecer procedimientos denigrantes, persecuciones, y elevar barreras para todo foráneo que desee entrar a su territorio.
Para la mayor parte de personas que en algún momento de la vida hemos tenido que tomar la decisión de abandonar nuestro país, ya sea por estudios, invitaciones, eventos o trabajo, etc., las sensaciones suelen ser extrañas, pues por una parte la ilusión y la expectativa nos invaden, aunque, la tramitología para obtener los visados, en momentos nos desalientan y hasta nos quitan los ánimos, pero el migrante es perseverante y sabe lo que quiere y lucha hasta el final para conseguirlo.
De la misma forma, el fenómeno sucede de manera inversa, y como sociedad no nos damos cuenta, pues son muchos hermanos colombianos y peruanos que en los últimos años han ingresado a nuestro territorio en busca de un sueño, cada día los criticamos, explotamos, y no nos preguntamos por qué razón estas personas han decidido llegar hasta nuestras tierras, a lo mejor la violencia los despertó una noche y los obligó a abandonar su vivienda, o la sequía, unida a la pobreza extrema les llevó a dejar su polvorienta ciudad para huir rumbo al Norte, en busca de un pan para compartir con su familia.
En general, como lo apunta la mayor parte de doctrinarios frente al tema de Derechos Humanos y Migración, el derecho protegido debe encontrarse principalmente en la libre movilidad del ser humano, al cual Yo le agregaría la complementariedad de la garantía de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales del individuo.
Por ello, para tratar el fenómeno de la migración hace falta ser objetivos y mirar las dos caras de la moneda, y no simplemente ver la “astilla” en el ojo ajeno, del Estado Receptor de migración, sino analizar y reflexionar acerca de la gran “viga” que cargamos en nuestra propia realidad ecuatoriana, donde los casos de xenofobia cada vez se vuelven más comunes, y no nos permite llegar a esa ansiada integración nacional, en la cual la sociedad sea unificada por la cultura y la historia común, derrotando para siempre los resentimientos y enemigos, tan contrarios al universalismo de los derechos del hombre y el ciudadano.
Lo publiqué en Diario El Mercurio

El 4 de Marzo de 2009 quedará grabado en la historia de la humanidad como el día que por primera vez se ha emitió una orden de arresto en contra de un Jefe de Estado en funciones, por crímenes de guerra y lesa humanidad. De esta manera la Corte Penal Internacional, puso en ejercicio su jurisdicción penal internacional, y ha iniciado las acciones conducentes para la detención del presidente sudanés, Omar Hasan el Bashir.
Los Juicios de Núremberg, fueron los primeros procesos legales internacionales seguidos en contra de los funcionarios y colaboradores del régimen nacionalsocialista de Adolf Hitler, para el juzgamiento de los diferentes crímenes y abusos cometidos durante la II Guerra Mundial. Este proceso constituyó un importante avance jurídico al establecer una interesante jurisprudencia donde se tipificaron los crímenes y abusos, conocidos como Principios de Nuremberg, los mismos que posteriormente fueron utilizados por las Naciones Unidas, para el juzgamiento de crímenes cometidos en la ex Yugoslavia, en 1993, donde se procesó entre otros a Slobodan Milosevic, quien no pudo ser condenado, pues falleció en la cárcel antes de que se emita sentencia en su contra.
Así también en 1994, la comunidad internacional escandalizada por el genocidio ruandés, vio oportuna la toma de una Resolución por parte del Consejo de Seguridad, para la creación del Tribunal Penal Internacional para Ruanda, de esta forma se pudo procesar, arrestar, juzgar y condenar a los sujetos que cometieron crímenes entre el 1 de Enero y 31 de Diciembre de 1994, y su importancia jurídica radica en que fue la primera condena internacional en la que se habla de Genocidio, así también porque considera a la violencia sexual como actos constitutivos de genocidio.
En los dos casos anteriores, es evidente que fueron tribunales creados para el juzgamiento específico de crímenes cometidos en países determinados, sin embargo, la comunidad internacional vio pertinente crear un marco jurídico que establezca un proceso penal internacional para perseguir todos aquellos crímenes que ponen en riesgo a los seres humanos, y la necesidad de contar con un tribunal permanente que se encargue de su juzgamiento.
Por lo que el Estatuto de Roma es el Tratado Internacional usado por los Estados para constituir la Corte Penal Internacional, con sede en La Haya, la misma que se encarga de juzgar: el genocidio, los crímenes de lesa humanidad, los crímenes de guerra y los delitos de agresión, de todos aquellos Estados que previamente hayan reconocido expresamente la competencia de este Tribunal Internacional.
En el caso del presidente de Sudán, acusado de la muerte de miles de civiles dentro de la guerra de Darfur, su orden de arresto puede ser la prueba de que la justicia internacional se abre paso, aunque con dificultades, confirmando así la aplicabilidad del Derecho Internacional a los casos concretos.
Sin embargo aún existen críticas a esta Corte, pues tres, de los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad (Estados Unidos, Rusia y China), no han ratificado la competencia a la Corte Penal Internacional, lo cual demuestra que la justicia internacional aún no puede ser total, cuando existen todavía Estados que manejan un doble discurso.
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Photo by Presidencia
Hace un año mientras estudiaba mi Maestría en Madrid, y realizaba mis prácticas profesionales en la Oficina de Procesos Electorales del Ministerio del Interior de España, envié una propuesta a la Doctora María Paula Romo, Vicepresidenta de la mesa de Legislación y Codificación de la Asamblea Constituyente del Ecuador, respecto al derecho de sufragio de los extranjeros en el país.
El anterior texto constitucional ecuatoriano mantenía un criterio errado al considerar a los extranjeros simplemente como trabajadores, sin el reconocimiento total del resto de derechos civiles y políticos (voto), dejando de lado esa concepción de considerar a todos los seres humanos verdaderos ciudadanos del mundo.
El legislador de ese entonces se había olvidado que sólo como ejemplo en el caso español, los ecuatorianos son el segundo colectivo de inmigrantes, convirtiéndolo en un grupo de gran influencia, y que poco a poco ha ido alcanzando determinados logros respecto a la cobertura de sus derechos. Sin embargo, no podía lograrse una auténtica integración cívica y política, sin el reconocimiento del derecho al voto, pues este constituye el pilar fundamental, mediante el cual los ciudadanos pueden participar en la toma de decisiones respecto al entorno en el que se encuentran.
De esta manera, para lograr un verdadero proceso de integración, la Unión Europea previó en el Tratado de Maastricht de 1992, el reconocimiento al derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales del Estado de residencia que fuera distinto del que el votante sea nacional.
Sin lugar a duda hay que tener en cuenta que la atribución de los derechos políticos a los extranjeros constituye una atribución exclusiva del Derecho Público Interno de cada Estado, de esta manera cada gobierno mirando sus objetivos y prioridades tiene la potestad de regular un marco jurídico que amplíe la cobertura de derechos a favor de los extranjeros, lo cual permite la mayor integración social de estos, al participar en asuntos de decisión en los espacios donde se desenvuelven.
La Constitución de 1998, dentro de su articulado, no contemplaba, ni reconocía el derecho al sufragio a favor de los extranjeros, limitando de esta manera cualquier posibilidad de iniciar acuerdos previos para convenios bilaterales, en los que se busque reconocer en otros Estados, el derecho al sufragio para nuestros nacionales.
Y fue en la Constitución del 2008, que en su artículo 63, se reconoció el derecho al sufragio a los extranjeros cumpliendo determinadas condiciones, y los derechos de nuestros compatriotas en el extranjero por fin se consolidaron, gracias a la firma del convenio electoral, durante la visita del Ministro de Relaciones Exteriores de España, Miguel Angel Moratinos, el pasado 25 de Febrero.
Ahora cerca de 300.000 ecuatorianos residentes legalmente en España durante al menos cinco años, podrán votar en las elecciones municipales, medida que constituye una verdadera protección y garantía para nuestros compatriotas en el extranjero, y sobre todo muestra un cambio en la política migratoria y de integración, ampliando no sólo los derechos, sino los sentimientos de ciudadanía, y haciéndome que vuelva a creer en el sistema, y saber que las propuestas de cada uno de los habitantes sí pueden ser realizables.
Lo publiqué en Diario El Mercurio

Foto vía Diario El País
En menos de un siglo, el mundo ha atravesado una serie de conflictos internacionales, sin embargo es importante recordar dos historias particulares, que a veces por desconocimiento o falta de información han hecho que nuestras sociedades en las últimas semanas tomen equivocadas actitudes antisemitas alrededor del planeta.
A finales del 2008, luego de recibir una serie de agresiones por los grupos armados palestinos, entre ellos Hamás, el ejército israelí inició su invasión en territorio palestino mediante la operación “plomo fundido”, la cual se llevó consigo la vida de más de un millar de personas.
Para muchos ha sido una de las incursiones militares más exitosas de la historia, sin embargo este hecho generó la condena internacional, y sobre todo la pérdida de la batalla del Estado de Israel en el campo mediático, pues la comunidad internacional se alarmó frente a este hecho, e incluso el premio Nobel, José Saramago, dijo en su momento “Esto no es una guerra, no hay ejércitos enfrentados. Es una matanza…
No es un fracaso de la diplomacia internacional. Es una prueba más de complicidad con el ocupante”.
Frente a esto, Israel recibió algunos ataques por parte de grupos que han calificado la invasión como un verdadero genocidio, usando talvez esta palabra en vano. Pues incluso algunos escritores y medios de comunicación llegaron a comparar lo sucedido en Gaza con lo que ocurrió en su tiempo en Auschwitz.
Ahora bien, simplemente para recordar y comparar, durante la II Guerra Mundial la Alemania nacionalista de Adolf Hitler, eliminó alrededor de seis millones de judíos, y otros millones sufrieron los peores vejámenes que se han dado en la humanidad, para cumplir con la “solución al problema judío” que sostenía el III Reich. De esta forma este programa fue ejecutado de una manera sistemática y casi industrializada, a través de fusilamientos públicos o recluyendo a los judíos en campos de concentración, y a quiénes sobrevivían se les asesinaba en las cámaras de gas.
Tras la explosión del conflicto palestino-israelí en Gaza, en nuestra región se han dado una serie de incidentes antisemitas bastante contradictorios y sin sustento; desde manifestaciones donde los participantes enarbolaban signos en los que se igualaban las esvásticas nazis con estrellas de David, se referían a lo sucedido como un “genocidio palestino”, y poco a poco ha crecido la persecución a la población judía, simplemente por su etnia.
El escritor Josep Ramoneda, al respecto dijo el “Genocidio es una palabra demasiado fuerte como para devaluarla alegremente. Un genocidio, conforme al diccionario, es el exterminio o eliminación sistemática de un grupo social por motivo de raza, de religión o de política”.
No pretendo fanatizarme por una de las dos posiciones, simplemente recordar lo acaecido en los últimos años, y que ninguna de las matanzas sucedidas quede en la impunidad, pues los Derechos Humanos son universales y deben ser aplicados en todos los casos, no importa que haya muerto una persona, mil o un millón, ninguna puede ser olvidada y cada una debe ser juzgada y sancionada.
Lo publiqué en Diario El Mercurio

Picture by aksdareflection
A sesenta años de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, una crisis financiera, medioambiental, energética, ética y democrática, golpea las naciones del mundo, y la de idea de protección total a la dignidad humana, sobre la cual se creó la Carta no logra hasta ahora plasmarse en una defensa plena a favor de los derechos de la sociedad.
Si bien es cierto en 1948, la reacción de la comunidad internacional, frente a esa practica del exterminio y genocidio que se dio durante el Holocausto, trajo consigo la suscripción de un documento que acordaba la libertad e igualdad de las personas. En la práctica son pocos los Estados que han intentado incluir en sus sistemas jurídicos, normas que prevean la protección total de los derechos humanos, o generar políticas para su correcta aplicación.
El panorama actual no es del todo positivo, pues simplemente si analizamos los últimos acontecimientos, vemos terroristas generando una matanza sin precedentes en Bombay, mientras que en Uganda miles de refugiados exhaustos y aterrorizados huyen de la violencia del Congo, y el caso se repite al norte de Sri Lanka.
Ante estos graves acontecimientos estamos convencidos que los gobiernos deben proteger a sus ciudadanos frente a la violencia, generando políticas diferentes de seguridad y protección, con un concepto distinto al usado por el gobierno de Bush en su “guerra contra el terror” luego del 11-S, la misma que en lugar de mejorar la situación, la empeoró con actitudes como las tomadas con los detenidos en Guantánamo, quienes aún permanecen en un limbo legal, con una degradación diaria de sus derechos fundamentales.
Lo que si estamos claros, que las violaciones de los Derechos Humanos, no sólo son realizadas por los grandes Estados, pues la pasada semana cerca de un centenar de opositores al gobierno fueron detenidos en Cuba, para evitar su participación en marchas por el sesenta aniversario de la Declaración. Mientras tanto que la Unión Europea, en su pronunciamiento oficial mira con preocupación la escalada de violencia en México, el retraso de la ley de Justicia y Paz de Colombia y el caso de los presos políticos en Cuba. El aspecto de mayor preocupación constituye los procesos de reactivación de la pena de muerte en Guatemala y Perú, por lo que la recomendación principal es recordar los compromisos que estos países adquirieron con la suscripción del Pacto de San José y del Sistema Interamericano de Derechos Humanos.
Así, en este nuevo aniversario de la Declaración de 1948, es tiempo de destacar los logros conseguidos en la defensa de los Derechos, pero también momento para recordar y denunciar todos esos temas pendientes que hemos expresado en este artículo, y que podrán ser resueltos con una nueva configuración de las sociedades, donde las personas sean realmente ciudadanos y no súbditos, canalizando la participación de la comunidad a través del Internet, SMS, Web 2.0., logrando una universalidad de derechos, sin jerarquías y realmente indivisibles.
Lo publiqué en Diario El Mercurio
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Por mucho tiempo se ha considerado a la Primera Enmienda de la Constitución de Estados Unidos de América, como uno de los fundamentos para el manejo doctrinal de la libertad de expresión, sin embargo poco se ha analizado sobre la esencia que guarda este postulado recogido en la Carta de Derechos, entendiéndolo como limite al poder del gobierno federal y como garantía de los derechos y libertades de los ciudadanos.
De acuerdo al análisis histórico el derecho anglosajón logrará valiosos aportes de la legislación inglesa y francesa, basados sobre todo en la razón del individuo, gracias al carácter de colonia inglesa que tuvo el territorio americano, marcado por la presencia de europeos, con un carácter puritano muy fuerte, que guardaban gran influencia de las Iglesias protestantes de la época y que se vieron traducidos en los contenidos de los derechos propugnados desde la filosofía primero, y recogidos después en los textos de derecho positivo, pertenecientes a la línea liberal de libertad de pensamiento y de conciencia, a las garantías procesales, a la soberanía del pueblo y su partición política.
En el caso americano se habla de todas las minorías religiosas de acuerdo al texto de la primera enmienda, al reconocer una libertad religiosa, sin imponer una religión oficial, dando así una ligera influencia ética-religiosa.
La enmienda primera prohíbe el establecimiento de una religión oficial, y reconoce la libertad religiosa, de expresión y de asociación. Asimismo se contempla la responsabilidad del gobierno por sus actuaciones.
En los numerosos casos que la Corte Suprema de Estados Unidos ha tenido que tratar respecto a la primera enmienda en lo que concierne a la libertad de expresión, cabe destacar que dicho derecho si admite determinadas restricciones, y que la interpretación que se hará del texto legal no se lo puede hacer de una manera literal, pues existen intereses superiores que el Estado debe precautelar y que se encuentran por encima del derecho. Así los magistrados durante el Siglo XX, han intentado encontrar una técnica que realmente encuentre un cierto balance entre la protección de los derechos en juego, existiendo por ello muchas controversias al respecto, pues para cada caso, quien juzga busca poner todas las circunstancias, no siempre teniendo una fórmula rígida de emisión de juicios.
Por ello en la actualidad las decisiones tomadas por la Corte Suprema, pese a tener un leve criterio de conservadurismo poco a poco han intentado salirse del modelo extendiendo la cobertura de protección a otras áreas como es el contenido comercial engañoso y obscenidad expresa en publicaciones.
De esta forma, el criterio de tolerancia que maneja los Estados Unidos en sus normas, permite la libertad de prensa en todos los sentidos, siempre y cuando esta no sea maliciosa, difamatoria o critique a sus figuras públicas. Cuestionable el último aspecto, sin embargo es preferible un sistema más abierto y flexible, donde se elimina el riesgo que alguna opción política importante sea previamente destruida, garantizando así las libertades plenas de sus ciudadanos.
Lo publiqué en Diario El Mercurio

En todas las actividades que desarrollamos durante nuestras vidas, sin importar la fuerza, intelecto, habilidad, que se requiera para estas, mujeres y hombres compartimos desde nuestros medios dichas responsabilidades; sin embargo al momento de una remuneración, posición en una empresa, esa idea de igualdad de pronto desaparece, y ese instinto del patriarcado que nos formó durante nuestra infancia, sale a escena.
Durante mis clases, ya sea de pregrado y posgrado, siempre las aulas tuvieron un mayor porcentaje femenino, y sin temor a equivocarme ellas tenían un mejor rendimiento, sin embargo, la estructura de nuestra sociedad no permitió que todas ellas sobresalgan, a veces la maternidad las absorbió, o una competencia desleal las anuló.
De la misma forma, a través de mi experiencia profesional, he tenido la suerte de estar bajo la dirección de mujeres muy capaces, que por sus méritos propios, podrían estar manejando los hilos de la mayor parte de empresas e instituciones, pero la realidad es otra; pues a la hora de elegir una persona que dirija a un grupo, sale de nuevo a escena, nuestro instinto del patriarcado, y nuestra decisión se vuelca hacia un varón, tenga o no méritos suficientes, pues simplemente seguimos errando, identificando masculinidad con fuerza y respeto.
El informe de Naciones Unidas, respecto a la situación de la mujer en el mundo, llevado a cabo por el Comité para la eliminación de la discriminación contra la mujer, nos muestra una realidad alarmante, ante la cual debemos tomar posiciones firmes, para eliminar estos abusos; pues las estadísticas demuestran la existencia de una diferencia económica entre mujer y hombre, ya que son las mujeres quienes constituyen la mayoría de los pobres en el planeta, con cifras que nos estremecen, ya que desde 1975, el número de mujeres que viven en pobreza en medio rurales se ha incrementado en un 50%; así también si sumamos, que la mayoría de analfabetos, son mujeres, y que estas trabajan 13 horas más que los varones, siendo remuneradas de una menor forma, por hacer el mismo trabajo.
A nivel país, son muchas las instituciones que se han visto avocadas a pronunciarse frente a todas estas formas de discriminación, así también en los instrumentos jurídicos que han sido legislados en los últimos tiempos, la noción de igualdad ya ha sido tomada en cuenta, como un elemento referencial y de estructura que permita la modificación de los patrones sociales y culturales que supriman de una vez la explotación de la mujer, y permitan su incorporación en la vida política y pública, y que estos nuevos criterios puedan ser tomados en cuenta en educación, trabajo, atención sanitaria, seguridad económica y social, y en un acceso a la justicia.
Es necesario comprender que la igualdad no debe ser tomada simplemente como tratar a las personas de una misma manera, pues su dimensión se extiende más allá, pues abarca la lucha y eliminación de las situaciones desiguales que permiten las injusticias, posesionándose como una gran piedra angular sobre la cual se logre una construcción democrática, donde el respeto de los derechos humanos sea la constante, para alcanzar solo de esta manera una comunidad donde la justicia social, sea una realidad.
Lo publiqué en Diario El Mercurio

Imagen vía: Anila Jaho
Hace unas semanas mientras leía la prensa, me llamó la atención una crónica, que indicaba sobre la colocación de un cartel en una tienda de informática de la ciudad de Alcúdia- Mallorca, el cual recibía a sus clientes con una leyenda que prohibía la entrada a “perros y rumanos” ya que para el dueño del local, los segundos, simplemente ocasionaban molestias y robos en la localidad. Frente a este escándalo, fueron pocas las organizaciones que se pronunciaron respecto al acto xenófobo, y el tema dejó de ser interesante para la prensa, sin embargo dentro de mí quedó una sensación, que me llevó a pensar que esta situación podía ser propia de las SS durante el Holocausto.
Cada vez que subo al tren, mientras leo un libro o curioseo mis apuntes, suelo escuchar un dialecto melodioso, una especie de italiano machacado con castellano, que no es más que el romaní, lengua que es utilizada por el colectivo del mismo nombre, o que la mayor parte de personas los conocemos como gitanos, y que son la principal minoría étnica en Europa, con alrededor de 10 millones de personas, que en su mayoría proceden de países del Este, como Rumania donde se calcula que el 10% de su población es gitana, y que se han asentado principalmente en Italia con una presencia de 300.000, y en España, con alrededor de 50.000 personas.
Pese a que muchos aún siguen con la creencia que este colectivo es nómada, ya desde el siglo XVI se tienen registros de asentamientos de esta etnia, que inició su marcha por los continentes, desde su tierra madre, la India. Así las crónicas señalan que durante mucho tiempo los gitanos, por sus especiales ropas orientales, y sus artes adivinatorias, llegaron a ser considerados como la representación de la exaltación de lo profano. Con una lengua neoindia, que derivaba del sánscrito, razón por la cual fue perseguida, y se llegó a considerar como un idioma propio de los diablos, según señala el lingüista Marcel Courthiade.
Todo esto desencadenó en persecuciones mayores, llegando a ser víctimas junto a los judíos, de las matanzas a cargo del líder Nazi Adolf Hitler, luego los acosos siguieron durante la guerra de los Balcanes, y en la actualidad su situación se ha visto agravada por las medidas legislativas, impulsadas por el gobierno de Il Cavaliere Berlusconi, quien ha puesto como principales responsables de la seguridad a los gitanos, llegando a ser la discriminación en Italia, el caso más preocupante dentro de la UE, según afirma “European Roma Information Office”.
Hasta el momento los Romaní, no han logrado integrarse en la sociedad occidental, pese a los diferentes procesos que generan los Estados de acogida; pues es propio de su etnia, la creación de muros de protección endogámica, mediante los cuales, estos supuestamente pueden seguir siendo puros, considerando al extraño al grupo como payo. Además, se niegan a aceptar educación dentro y fuera de su núcleo, llegando niveles preocupantes que indican que solamente el 1% de los gitanos españoles logran culminar la universidad, sumada a la alta tasa de deserción escolar. Frente a esto, algunos individuos problemáticos han optado por la delincuencia o la mendicidad, y la sociedad se ha encargado de generalizar estas actitudes frente a todo el grupo, creando una estereotipo que los ha marginado, convirtiéndolos en refugiados-no de la guerra, pero sí del hambre…
Lo publiqué en Diario El Mercurio










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